El abogado Federico Ravina estuvo reunido -ayer lunes 1 de octubre en la sede de la CTAA Capital- con el Espacio Jurídico de la Central Porteña y miembros de la conducción. Allí, Ravina relató el infierno que atraviesa su defendido, José Luis Zurita Delgadillo, quien se encuentra encarcelado desde hace más de 30 días por tener hojas de coca en estado natural.
* Por Matías Levin
A raíz de esa situación, hoy 2 de octubre se hará una presentación en los Tribunales de Comodoro Py para solicitar su excarcelación. Además, su familia está haciendo una convocatoria frente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para pedir que se termine con una cuestión que entienden como discriminatoria. Bajo el lema de “No a la discriminación. La Hoja de coca no es cocaína. Libertad a José Luis”, van a manifestarse para generar una garantía de no repetición ante la cantidad de casos que pasan desapercibidos.
Representantes de todo el arco político, instituciones como el Servicio de Paz y Justicia (Serpaj), Madres de Plaza de Mayo-Línea Fundadora y la CTA Autónoma, entre otras, además de la Embajada de Bolivia y toda la comunidad de la que es descendiente José Luis, han manifestado su preocupación y su apoyo.
Los hechos
Hace más de treinta días que José Luis Zurita Delgadillo, un estudiante de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de La Plata, se encuentra detenido en el penal de Marcos Paz por tener hojas de coca en estado natural, a pesar de la claridad con que el artículo 15 de la Ley Nacional de Drogas se refiere a este particular.
Federico Ravina, abogado de la familia, expresó que el procedimiento esta viciado desde el primer momento, ya que a José Luis lo interceptan saliendo de comprar hojas de coca en el barrio de Lugano para utilizar en las festividades patronales de la Virgen de Urkupiña, que tienen lugar cada mes de agosto en la región.
En ese momento se produce la detención y un allanamiento ilegal al domicilio del vendedor donde no se encontró absolutamente nada que indique la posibilidad siquiera de producir drogas a partir de la hoja natural, ni nada que se le parezca. No obstante a José Luis se lo detiene, se lo indaga por tenencia de hoja de coca y se lo procesa luego por acopio de materia prima para producir estupefacientes.
“Al encontrar que no estaba debidamente representado por un profesional” – relató Ravina- “me dediqué a aportar pruebas sobre su identidad, domicilio y ocupación, acercándole al juez que entiende en la causa, el Doctor Marcelo Martinez Di Giorgi, y al fiscal, Federico Delgado, todo lo necesario. La Sala 2 de la Cámara Federal, presidida por el Doctor Martín Irurzun, ahora cuenta con pruebas como fotos de la vivienda, facturas de servicios y papeles del automóvil secuestrado a nombre de José Luis, su constancia de alumno regular de la facultad, testimonios de vecinos y del propio decano, certificados de antecedentes penales (nunca los tuvo) y todo aquello que rutinariamente se presenta en casos como éste, donde puede existir una confusión de parte de las autoridades”.
No obstante, y a pesar de contar con todos los recursos probatorios para liberar de culpa y cargo al imputado, a José Luis lo procesaron y le dictaron prisión preventiva por acopio para producir estupefacientes, sin haber cometido delito alguno.
“Uno sabe que para producir cocaína hacen falta alrededor de 30 componentes químicos y una infraestructura dada. A mi defendido ni siquiera le habían comprobado el domicilio por falta de móviles policiales, por lo tanto tampoco hicieron allanamiento de su morada ni un barrido a su automóvil en busca de pruebas que lo relacionaran con estupefaciente alguno”, continuó el Doctor Ravina.
A pesar de la ausencia de pruebas y testigos para proceder como lo hicieron, el Juez estimó que los 30 kilogramos de hojas de coca fraccionadas en bolsas de 400 gramos que Zurita Delgadillo tenía en su poder, era elemento suficiente para entender que su fin era el de producir cocaína, aunque en Argentina no hay antecedentes de que se haya fabricado la sustancia a partir de la hoja de coca. Solo se han encontrado cocinas que la elaboran a partir de la pasta base y para ello se necesitan una serie de elementos e ingredientes que no aparecieron en ningún momento en esta causa.
“Mediante el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, a partir del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Estado se obliga a promover la cultura de los pueblos migrantes, las minorías religiosas y otras, y acá estamos ante una costumbre ancestral, una práctica ritual, un alimento, una medicina, que nada tiene que ver con la cocaína y que por ello se lo esta discriminando”, concluyó Ravina.
* Secretario de Comunicación de CTAA Capital