Durante la jornada de hoy la CTAA Capital, junto a distintas organizaciones, llevó adelante una radio abierta frente al Congreso para reclamar el urgente tratamiento del proyecto de ley de Tarifa Inclusiva para personas con discapacidad.
La CTAA Capital, como una de las organizaciones participantes en la redacción del Proyecto de Ley 4137-D-2022 participó de la radio abierta desde la que se exigió su tratamiento, con el fin de crear el Régimen de Tarifa inclusiva para las Personas con Discapacidad y garantizar el acceso a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural en red y al gas licuado petróleo (Garrafa GLP), a los hogares que cuenten con un integrante con discapacidad. Un instrumento de política social que permite a las personas con discapacidad, ejercer sus derechos sin obstáculos, asegurarles el acceso en condiciones de igualdad a servicios, dispositivos y asistencia, para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad y cumplir con el postulado de equiparación de oportunidades consagrado en la Constitución Nacional.
Mabel Mamani, secretaria de Discapacidad de la Central porteña, hizo referencia a las visicitudes que a diario atravieza el colectivo de Discapacidad en los barrios populares de la ciudad: falta de rampas y todo tipo de infraestructura pública, veredas irregulares, pasillos intransitables, viviendas no aptas para personas discapacitadas, entrega de viviendas que no fueron pensadas con tal fin, entre otras cuestiones que se suman a la falta de acceso a los servicios públicos en condiciones como la electricidad, el gas y el agua.
«Hoy venimos a reclamar por algo que venimos luchando hace tiempo al igual que los cupos laborales y tantas cosas que ningún gobierno cumple. Esperemos que nos oigan, que nos den respuesta favorables. Igualmente seguiremos apoyando y aportando en esta lucha porque somos consientes de que somos las voces de los pibes que necesitan educación, salud, que las obras social se hagan cargo y que el Estado esté presente como responsable de velar por nuestros derechos. Porque acá no venimos a mendigar nada: venimos a exigir lo que nos corresponde», aseguró Mamani.
Por su parte, “Pepe” Peralta, secretario General Adjunto de la CTAA Capital, expresó: «es una vergüenza que tengamos que estar acá reclamando por un pedacito de los derechos que le corresponde a cualquier ciudadano. Pero está claro que hay que reclamar y lo vamos a seguir haciendo. Es una lucha donde tiene que ganar la conciencia de que no se piden beneficios sino el cumplimiento de derechos consagrados en la Constitución y que no acepta incumplimientos por razones presupuestarias o condicionamientos del Fondo Monetario».
«Vamos a tratar de hablar con todos los que podamos llegar de diputados y senadores para que cumplan con su tarea, cumplan con su deber y saquen aunque sea en tiempo de emergencia la Ley de Tarifa Inclusiva, que es solamente para mejorar un poquito las condiciones, pero no se agota ahí. Tienen que entender que son derechos que corresponden a los ciudadanos y hasta que no entre en la cabeza y en la cultura de la sociedad y de nuestros representantes que están para hacer cumplir con los derechos y no para razonar y cumplir con los presupuestos de algún gobierno o alguna administración», finalizó Peralta.
Como parte del evento, Yamila Dubinsky, secretaria General de la Regional Sudoeste de la central porteña e integrante de la Secretaría de Discapacidad, dio lectura al documento con el que la CTAA capital acompañó el recorrido del proyecto de ley y que se adjunta a continuación.
Por una tarifa inclusiva para las personas con discapacidad.
El Proyecto de Ley garantiza el acceso a los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas natural en red y a la Garrafa (gas licuado petróleo GLP), a los hogares que cuenten con un integrante con discapacidad.
Es decir, en caso de integrar un hogar y que la facturación este a nombre de otra persona, el régimen tarifario se aplicará una vez demostrado el vínculo o que integran a la misma vivienda, sin necesidad de trámite alguno respecto de la facturación ante las empresas distribuidoras de los servicios
El presente proyecto de ley se propone subsanar las dificultades con las que seenfrentan las las personas con discapacidad, implementando un régimentarifario diferencial en los servicios públicos de energía eléctrica, gas natural y garrafa.
Es conveniente pensar en la importancia del concepto de tarifa inclusiva, aplicado a las necesidades de las personas con discapacidad, con precios asequibles, que es referirnos a un precio diferencial para sectores o colectivos económicamente vulnerados. Se trata de un instrumento de política social que permite a las personas con discapacidad, ejercer sus derechos sin obstáculos, asegurarles el acceso en condiciones de igualdad a servicios, dispositivos y asistencia, para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad y cumplir con el postulado de equiparación de oportunidades.
El colectivo de personas con discapacidad se compone de una gran diversidad de casos que necesitan de los citados servicios publicos, entre ellos los electrodependientes en condición de hospitalización domiciliaria,que requieren estar conectadosa un respirador artificial o equipamiento para mantener la vida o estabilidad de su situación de salud. O aquellos que son mas vulnerables a las altas o bajas temperaturas, el calor o el frio extremo, puede empeorar los problemas neurológicos que padecen los Niños, o Adultos con discapacidad, todos ellos se veran beneficiados con la sanción de esta ley.
En materia normativa, es conveniente recordar que en la Segunda Parte de la Constitución Nacional, Capitulo Cuarto, que se refiere a la atribuciones del Honorable Congreso de la Nación, precisamente en el articulo 75, que manifiesta lo que le corresponde a dicho congreso, y en el inc. 22 que incorpora -con rango constitucional- los tratados y convenciones sobre derechos humanos, reconociendo el derecho de toda persona no sólo a un nivel de vida adecuado para sí y su familia sino a una mejora continua de las condiciones de existencia.
En este sentido, en el año 2006, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, plasmó normativamente un cambio de paradigma en materia de discapacidad, al entender que las causas que la originan no son netamente individuales sino preponderantemente sociales. Argentina ha ratificado la citada convención en el años 2008 como Ley Nº 26.378, y en 2014 le ha otorgado jerarquía constitucional con la Ley 27.044.
Nuestro país tiene, por lo tanto, la obligación de respetar, proteger y realizar los derechos enunciados en ella.
Al tratarse de una construcción social y no de un “problema” del individuo, los Estados deben adoptar las medidas que sean necesarias para que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente todos sus derechos. La Convención reconoce el respeto de la dignidad, la autonomía individual y la independencia de las personas con discapacidad como algunos de sus principios rectores, para lo cual considera central la eliminación de todas las barreras económicas, actitudinales, físicas, etc; que impidan su participación efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.
Como ya dijimos, el presente proyecto de ley se propone subsanar las dificultades con las que se enfrenta el colectivo de personas con discapacidad, y en ese sentido de cosas, los Artículos 4º, y 28º de la “CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, Ley Nº 26.378, disponen: “… Los Estados Partes se comprometen a: a) Adoptar todas las medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención;…”(Articulo 4); “… 2. que los Estados Parte reconocen el derecho de las personas con discapacidad a un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias, lo cual incluye la mejora continua de sus condiciones de vida, y las medidas pertinentes para salvaguardar y promover el ejercicio de este derecho sin discriminación por motivos de discapacidad (…) Asegurar el acceso en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad a servicios, dispositivos y asistencia de otra índole adecuados a precios asequibles para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad…”
(Artículo 28).
Por eso, es necesario recordar que le corresponde al Honorable Congreso de la Nación lo incorporado en el articulo 75, inc 23 que dice: “…Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad…”
Pero este proyecto se encuentra en el congreso sin tratar desde el año pasado y son como bien dijimos los legisladores y legisladoras los que deben adoptar las medidas que sean necesarias para que las personas con discapacidad puedan ejercer plenamente todos sus derechos.
Por tal motivo estamos frente al Congreso de la Nación, personas con discapacidad, familiares de personas con discapacidad e integrante de ONG, en el marco de una Radio Abierta para reclamarle a los legisladores y legisladoras, que cumplan con los citados mandatos constitucionales y sancionen la ley de la TARIFA INCLUSIVA YA.