18519679_1402578059780250_4679954084913279627_nEn marzo pasado, la empresa tercerizadora del servicio de Maestranza en el Ministerio de Trabajo dejó de pagar los sueldos. A pesar de esa irregularidad, fue recién en mayo -y tras las protestas de los trabajadores que hicieron movilizaciones, ollas populares y se encadenaron a la puerta- que el Ministerio conducido por Triaca rescindió el contrato y prometió la continuidad laboral de todos los empleados. Pero, el 2 de mayo el Ministro prohibió la entrada de 33 trabajadores, de los cuales 3 son delegados y la mayoría eran quienes habían activado la lucha por el cobro de los salarios adeudados. Para hablar de este tema desde Estación Central (Radio Sur, FM 88.3) se comunicaron con Hernán Luengo, abogado representante de los trabajadores e integrante del Departamento Jurídico de la CTA Capital.

AUDIO DE LA ENTREVISTA

– ¿Qué novedades tenemos de este conflicto?

– En este momento estamos esperando la resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Hasta ahora tiene pedida una medida cautelar, que rechazó el Juez de Primera Instancia  José Luis Bayle, y que fue apelada, por lo cual la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que en definitiva es quien tiene la última palabra, va a tener que resolver (esta semana)este pedido de medida cautelar para la reinstalación de los delegados, el delegado con mandato vencido pero con tutela vigente y el resto de los trabajadores, que fueron los principales activistas y los protagonistas de las medidas de fuerza por el pago del salario, que terminó con el despido o la no incorporación al Ministerio de Trabajo.

– ¿La Medida Cautelar consiste principalmente en el pedido de reincorporación?

– Sí, hubo dos jueces que actuaron, porque el juzgado donde tocó -el Juzgado Nacional de Primera Instancia Número 12- que es donde se está tramitando esta primera instancia, valga la redundancia, tuvo dos jueces interinos que se fueron pidiendo licencia. En sí, la realidad es que ninguno quiere hacerse cargo de una causa contra el Ministerio de Trabajo de la Nación en esta etapa de avance sobre los jueces y abogados laboralistas, y en definitiva contra el derecho del trabajo, y por intermedio de ellos, contra los trabajadores.

Esto es un caso clave, no solamente para la CTA, no solamente para los trabajadores, sino también para la Justicia, porque se tratan distintos temas que han sido de alguna manera retrasados en el tiempo, porque es el tema de la Tercerización y particularmente la Tercerización en el Estado.

Acá, los chicos de Maestranza de la Cancillería pasaron por el mismo proceso. Recordemos que hace un año el mismo caso ocurrió en el Ministerio de Relaciones Exteriores, que finalmente fueron reinstalados no en primera instancia, sino por orden cautelar de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y al día de hoy están trabajando normalmente.

En ese caso también habían despedido a todos los trabajadores, pero fundamentalmente a toda la conducción del sindicato y a los delegados en Cancillería. Eso requirió que después de otros tres meses la Cámara Nacional decidiera la apelación.

– Y este es un caso clave, porque es contra el Ministerio de Trabajo.

– El uso de la figura de la tercerización es realmente aberrante, te explico por qué: Si bien la tercerización está incorporado al sistema legal, son actos lícitos estos de que una empresa tenga adentro a trabajadores de otra empresa, con ciertas excepciones, y con responsabilidades por  parte de quien se beneficia del trabajo que producen estos empleados tecerizados. Lo que tiene es que el fundamento de que esto sea legal, es un sistema de productividad, de acumulación de riquezas, porque divide a los trabajadores aún más, y en base al principio de especialidad, se prevé que los trabajadores divididos en especialidades rinden mejor porque tienen una mayor especialización. O sea, si yo me dedico a la limpieza voy a limpiar mejor, si yo me dedico exclusivamente a la vigilancia voy a vigilar mejor. Y en base a eso se permite una división de los trabajadores.

Ahora, en el caso del Estado fundamentalmente, estos trabajadores cuando cambian de empresa, los trabajadores permanecen bajo el mismo empleador, en el mismo lugar de trabajo, con lo cual la figura esa de Tercerización es para disimular trabajadores que en definitiva son propios de la planta, pero no reconocidos por el Estado. Pero si a eso le agregamos que la empresa que contrata el Estado no le paga el sueldo a los trabajadores, se les queda con los aportes y contribuciones como es el caso este que nos ocupa, lo cual es un robo a los trabajadores y al Estado, porque están defraudando al Estado, y en este caso el órgano de control es el Ministerio de Trabajo, casualmente el mismo que contrata a esta empresa.

O sea, el ministerio tiene  tres roles: tiene el rol de control, el rol de empleador y el rol de principal beneficiario de la fuerza de trabajo y en ese marco, permite que no se le paguen los sueldos a los trabajadores, que se les queden con los aportes al Ministerio de Trabajo, porque en definitiva los aportes van al ANSES, que depende del Ministerio de Trabajo y después finalmente despide a los delegados nombrados, notificados, no impugnados en su momento, y hoy  un Juez de Primera Instancia no reconoce esta tutela, ni siquiera sobre los delegados.

Nosotros estamos pidiendo la reinstalación de todos los trabajadores, y esperamos que en la Cámara Nacional de Apelaciones se revierta esta situación, que toque alguno de estos jueces que lamentablemente son atacados permanentemente  por el Poder Ejecutivo, que toque alguno de estos jueces que tengan la sensibilidad social que tienen que tener para resolver estos casos, y ordenar no solamente la reinstalación, sino también sentencia definitiva, como ocurrió en la Cancillería y que a partir de ahí tanto la Cancillería como la empresa contratada firmaron un convenio por donde pasaron a todos los trabajadores y pagaron todos los salarios adeudados. Así que estamos en esta espera.

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