Un día como hoy, el Boletín Oficial del 20 de marzo de 1981, publicaba la Ley Nacional Nº 22.431. El artículo 8 de la citada ley, dispone: “El Estado Nacional, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, están obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4 %) de la totalidad de su personal.”

* Por Mabel Mamani

En el año 2003, mediante la Ley Nº 25.689 se establece: “Modificase el artículo 8° de la Ley N° 22.431 que quedará redactado de la siguiente forma: El Estado Nacional -entendiéndose por tal los tres poderes que lo constituyen, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos- están obligados a ocupar personas con discapacidad que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas”.

El porcentaje determinado en el párrafo anterior será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta efectiva, para los contratados cualquiera sea la modalidad de contratación y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios”.

También agrega que “… Asimismo, y a los fines de un efectivo cumplimiento de dicho 4% las vacantes que se produzcan dentro de las distintas modalidades de contratación en los entes arriba indicados deberán prioritariamente reservarse a las personas con discapacidad que acrediten las condiciones para puesto o cargo que deba cubrirse. Dichas vacantes deberán obligatoriamente ser informadas junto a una descripción del perfil del puesto a cubrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos quien actuará, con la participación de la Ex Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas (actualmente AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD), como veedor de los concursos.

La falta de relevamiento y actualización de datos sobre la cantidad de cargos cubiertos con personas con discapacidad, por parte del ente que efectúa la convocatoria, se considerará que incumplen el 4% y los postulantes con discapacidad podrán hacer valer de pleno derecho su prioridad de ingreso a igualdad de mérito.

Se considerará que los responsables de los entes en los que se verifique dicha situación incurren en incumplimiento de los deberes de funcionario público, correspondiendo idéntica sanción para los funcionarios de los organismos de regulación y contralor de las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. El Estado asegurará que los sistemas de selección de personal garanticen las condiciones establecidas en el presente artículo y proveerá las ayudas técnicas y los programas de capacitación y adaptación necesarios para una efectiva integración de las personas con discapacidad a sus puestos de trabajo.”

Sabemos que a pesar de la frondosa normativa existente (seria tedioso mencionar los decretos y resoluciones y demás normas incumplidas que datan desde el año 1981 a la fecha), una gran cantidad de Trabajadores con Discapacidad Desocupados han reclamado su ingreso a la Administración Pública Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las cuales incumple el 4% y el 5% de puestos reservados para personas con discapacidad y que la cuestión aún no ha sido resuelta ni satisfecha de manera integral.

El 20 marzo, de 2021 se cumple un año de padecimiento de la pandemia de COVID, generada por el virus SARS-CoV-2 que afecta a las personas a nivel mundial, pero las personas con discapacidad padecemos hace 40 años el virus de la desidia y la negligencia, por acción u omisión por parte del Estado Nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su incumplimiento del cupo laboral reservado para las personas con discapacidad.

Desde la Secretaria de Discapacidad de la CTA Autónoma Capital, seguiremos luchando por el ejercicio de los derechos de las Personas con Discapacidad, amparados en las leyes vigentes creadas para este grupo vulnerable de la sociedad.

Los Trabajadores con Discapacidad desocupados seguiremos concientizando a nuestros compañeros sobre nuestros derechos. Sabemos que la concientización no solo es conocimiento o reconocimiento, sino opción decisión y compromiso.

Por eso hoy decimos: 40 años incumpliendo las políticas públicas de empleo para las personas con discapacidad, “Cuatro décadas igual”.

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