La CTA Autónoma de la provincia de Buenos Aires dio a conocer un documento a través del cual se problematiza este impuesto que debido al contexto inflacionario afecta a cada vez más trabajadores/as. Señalan que al menos hay 10 razones para eliminar este impuesto, y la primera es que “el trabajo en relación de dependencia no es capital y el salario no es ganancia.
«El salario es el pago que los trabajadores/as recibimos por nuestra fuerza de trabajo. Y nosotros somos quienes generamos ganancias que quedan en manos de los patrones o del Estado”.
El informe, elaborado por una comisión de la Central especializada en el tema, explica que: “El impuesto a las ganancias fue creado en 1973, en reemplazo directo del impuesto a los réditos surgido en 1935 como impuesto de emergencia. A su vez, la particularidad de este impuesto es el alcance en términos de materia gravada y, por lo tanto, la cantidad de personas y sociedades que deben tributarlo. La novedad que presentó este impuesto fue la clasificación por categorías. Estas son cuatro y, pese a sus nombres, no sólo afecta a sociedades que obtienen ganancias. (…) La cuarta categoría de este impuesto, que no refiere a una ganancia, y ni siquiera a sociedades anónimas: afecta a las remuneraciones de los asalariados, jubilados, ciertos profesionales y autónomos”.
En el documento se indica que hoy debe haber una “revisión de toda la estructura impositiva, actualizar el escalonamiento, los mínimos no imponibles y las cargas deducibles. Podría discutirse la implementación de un impuesto a los salarios extraordinarios y a los sectores no contemplados. Pero de cualquier manera el impuesto a las ganancias transformado en impuesto al salario debe ser eliminado”.
Asimismo, desde la CTA-A se denuncia que “el discurso oficial sostiene que los trabajadores ricos financian con su aporte los planes sociales. La realidad es que el Estado utiliza estos fondos para transferirlos a empresas privadas y multinacionales a través de subsidios y al mantenimiento de su estructura clientelista entre los sectores de menores recursos”.
Para revertir esto, se propone “garantizar la unidad y la movilización de los trabajadores/as sindicalizados, no sindicalizados y jubilados alcanzados o no por el impuesto al salario, comunicar con precisión nuestros argumentos y presentar propuestas alternativas viables son nuestra obligación como integrantes de organizaciones sindicales”.
Los diez puntos
1. Los trabajadores/as no somos dueños de tierras, empresas, comercios o bienes de capital, que sí obtienen ganancias. El trabajo en relación de dependencia no es capital y el salario no es ganancia. El salario es el pago que los trabajadores/as recibimos por nuestra fuerza de trabajo. Y nosotros somos quienes generamos ganancias que quedan en manos de los patrones o del Estado.
2. El impuesto al salario se ha vuelto regresivo: la mayoría de los trabajadores/as que tributan lo hacen en las últimas escalas de la tabla que rige su cobro por parte del Estado. Esta distorsión homologa el salario con la renta de la tierra, la ganancia del capital y los beneficios del comercio.
3. El trabajador/a no tiene mecanismos para desgravar por el natural desgaste de su fortaleza y su salud como mero producto del avance de su edad (sin considerar la incidencia de la actividad laboral dependiente en ese desgaste) como sí lo tienen las empresas mediante la amortización de bienes que utilizan como mecanismo reconocido para “reponer” el capital.
4. El impuesto al salario es confiscatorio, por lo tanto inconstitucional, producto del congelamiento de las escalas que rigen su cobro y de la insuficiente actualización de las deducciones y del mínimo no imponible.
5. El impuesto al salario tiene un efecto depredador creciente: se incrementa con cada aumento salarial o conquista convencional y reduce sustancialmente cualquier mejora lograda.
6. Los aumentos salariales dan pelea a los aumentos de precios. Allí no hay ganancia, hay adecuación total o parcial del salario respecto a lo perdido por efecto de la inflación real.
7. Producto de los parches normativos, dejó de existir la igualdad ante la ley: en el caso de dos trabajadores/as que cobren el mismo salario, uno puede sufrir el impuesto al salario y otro no.
8. La presión tributaria sobre los trabajadores/as que pagan el impuesto al salario supera largamente el 40% (aportes previsionales y a la seguridad social, IVA, bienes personales, tasas provinciales y municipales, impuesto al salario).
9. La norma que rige el impuesto al salario es tan injusta que ni siquiera permite desgravar rubros abonados por características específicas del trabajo (zona desfavorable o inhóspita, plus por guardia o turno, antigüedad, etc.).
10. La injusta norma que rige el impuesto al salario, además, impide desgravar gastos que solventan necesidades de la vida cotidiana de muchos trabajadores/as (alquiler, cuota alimento en caso de trabajadores/as divorciados, etc.).
Fuente: www.ctabuenosaires.org.ar