Victor-4-2El diputado nacional de la CTA, Víctor De Gennaro, (Unidad Popular), expresó su satisfacción ante el fallo de la Cámara Laboral, que revocó la resolución del Ministerio de Trabajo (N° 662/07) que le negaba la inscripción a la Unión de Policías y Penitenciarios de Córdoba.

Para De Gennaro, quien desde su participación en la problemática de la seguridad y de las fuerzas públicas presentó en agosto de 2012 el proyecto de sindicalización de la Policía y las Fuerzas de Seguridad, “este es un fallo histórico, que abre la posibilidad de echar luz democrática en los ámbitos que han sido y siguen siendo utilizados para reprimir y no para garantizar la seguridad de la gente”.

“Con este fallo, que va en línea con los de la Corte Suprema de Justicia sobre libertad y democratización sindical, la Justicia tiró abajo la lógica con la que los gobiernos y los jefes de policía impiden la organización sindical de los trabajadores de la Seguridad Pública”, agregó el fundador de la CTA.

Luego de señalar que “el actual contexto exige una nueva Ley de Organizaciones de Trabajadores y Trabajadoras Sindicalizados”, De Gennaro sostuvo que “la lucha de los trabajadores por sus derechos, y estos fallos, preanuncian que el 2014 será el año de la libertad y la democracia sindical en la Argentina”.

Cabe señalar que el citado fallo fue dictado por la Sala Segunda de la Cámara Laboral en la causa iniciada or la Unión de Policías y Penitenciarios de Argentina Córdoba (UPPAC). La sentencia, que lleva las firmas de los Jueces de la Sala Segunda Graciela González y Miguel Ángel Pirolo, facilitaría el camino hacia el reconocimiento de la agrupación de los policías. En él, los jueces sostienen que “la organización sindical propende a encauzar el conflicto, a mejorar el diálogo, a lograr mayores niveles de compromiso de los agentes policiales con la institución empleadora y a erigirse como interlocutora, para actuar de manera preventiva, pudiendo de tal modo evitar reacciones injustificadas que puedan llevar a privar de adecuada protección a la ciudadanía o a las personas a quienes deben tutelar” y citan como fundamento el artículo 14 bis de la Constitución y el Convenio 87 de la OIT.

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