Uno de los temas de la semana estuvo relacionado con el debate en torno al Código Procesal Penal, cambio jurídico muy importante en lo que tiene que ver con la vida en sociedad. Para hablar sobre este tema los compañeros y compañeras de Estación Central (Radio Sur, FM 88.3) entrevistaron a Matías Fachal, secretario General Adjunto de AEJBA-CTA (Asociación de Empleados Judiciales de la Ciudad de Buenos Aires) y Secretario Gremial de la CTA Capital.
– Desde la perspectiva de un trabajador judicial, de alguien vinculado a la lucha gremial y que está vinculado a la Justicia, ¿Cuál es la primera opinión que tenés sobre este debate y la reforma del Código?
Aparecen varios aspectos en ello. Desde ya, a nosotros también nos parece que es necesario reformar ciertos aspectos de la Justicia, en líneas generales tiene un sistema organizacional diseñado hará 100 años. Trabajando desde adentro entendemos que es un poder de los más conservadores del Estado, entendemos que a los jueces no los votamos, no los elegimos como a los Diputados y Senadores, tampoco son por cuatro años, sino que se quedan prácticamente toda la vida. Entonces, hay que hacer transformaciones y cambios. Ahora bien, estas que intentan introducir a través de la reforma del Código Procesal Penal, no entendemos que sean de las más acertadas.
Esto que se planteó la semana pasada por parte de la Presidencia ya se está implementando en algunas jurisdicciones, en la provincia de Santa Fe, en Chubut, en la Pampa. Aquí mismo, en la Ciudad de Buenos Aires, si bien con delitos de menor cuantía, por definirlo de algún modo, se rigen por un Código Procesal Penal de similares características del que intenta implementar el Poder Ejecutivo a través de esta reforma.
Dichas estas aclaraciones, desde ya lo más rimbombante es la cuestión esta de que a cualquier extranjero que se presuma que haya cometido un delito hay que expulsarlo, nos remite a la Ley de Residencia de hace 100 años. Lo mismo el tema de quién define cuál es un delito de conmoción social, para que esa persona tenga que ser encarcelada o aguardar el juicio sí o sí presa. Sabemos o entendemos que los medios juegan un rol importante en definir opiniones, criterios en la sociedad, entonces, ante un hecho que toma envergadura pública, los medios con más razón podrían también jugar un rol que podría llegar a incluso determinar la libertad o no de una persona. Esto es lo más relevante que se ha estado discutiendo.
Ahora bien, hay otras cuestiones que nadie las está diciendo. La reforma del Código trae aparejada que en pos de la celeridad -que también nosotros estamos de acuerdo con el concepto de que una Justicia lenta no es Justicia- estos plazos que se intentan imponer y estos nuevos mecanismos que se intentan implementar, directamente dejarían de lado la investigación. No se harían juicios, se le dicen juicios abreviados pero no son juicios, no se abre a debate, no se investiga, ni interesa buscar la verdad. Por lo cual, a través de estos nuevos mecanismos, puede haber personas tal vez inocentes terminan aceptando culpabilidades que no tienen, o aquellos que son culpables no terminan teniendo las penas que debieran tener por los delitos que cometieron. Porque se termina acordando penas entre la parte acusadora -los fiscales- y las defensas. El juez es un mero escribano que homologa, que certifica y que corrobora ese acuerdo.
– La mitad de los presos, por ejemplo en la Provincia de Buenos Aires, no tiene sentencia firme. Quiere decir que son inocentes hasta que no se demuestre lo contrario pero están ya en las cárceles ¿Con este código llenaríamos aún más las cárceles sin su debido proceso judicial?
– Exacto, por un lado podría pasar eso, con estas cuestiones de aplicar la flagrancia o la conmoción social, se podrían abarrotar más las cárceles aún. Y por el otro lado, también lo que podría generar es, como vos mencionabas, que la mitad de los presos de las cárceles estén sin condena firme. Bueno, acá con esta cuestión, le podrían decir a los acusados ‘aceptá tu culpabilidad’, sin saber si la tienen, porque ya no importaría. Este es el concepto, no importa la verdad, no importa investigar, entonces, vos aceptás la culpabilidad así te vas a tu casa o estás menos tiempo en la cárcel.
Entendamos que las cárceles no se llenan con los ricos, con los poderosos que pueden pagar a los mejores abogados o a los grandes estudios jurídicos que tienen todos los recursos dispuestos para defender a alguien en el Juicio. Los pobres que tienen que acudir a la defensa pública, que les termina recomendando, para sacarse los casos de encima, que acepten culpabilidades que a veces no tienen para estar menos tiempo en la cárcel o irse más rápido a la casa. Bueno, vos decís ‘ahí vaciamos la cárcel’, pero no. Por un lado pueden aceptar una culpabilidad que no se tiene, o terminar teniendo una condena menor a la que hubiese correspondido, pero por el otro, no es que ya está, zafaste de la culpabilidad, te vas a tu casa y otra nueva vida. Si vuelven a detener a esa persona y la acusan de otro delito, le van a sumar la pena anterior completa. O si no tuvo cárcel se le va a sumar ante la posibilidad de que haya cometido o no un delito. Porque otra vez se renuncia a investigar y las cárceles podrían estar más llenas, incluso con gente que no cometió ningún delito.
– Estuvimos todo este año hablando sobre el espíritu del Código Civil y Comercial, ahora viene el Código Procesal Penal, ¿Se complementan de alguna forma esos dos códigos para generar un objetivo en común o son los dos pueden entender como independientes?
– Jurídicamente serían distintos, pero políticamente entendemos que hay una sintonía. En lo que fue la unificación del Código Civil y Comercial, si bien podríamos decir se avanzó en algunos derechos individuales, en cuestiones más generales, sociales o laborales hubo retrocesos. Ahí se consolidó la pérdida de soberanía, la pérdida de jurisdicción de nuestro país, a favor de tribunales internacionales comerciales. Como por ejemplo lo del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), que durante la década del 90 y también del 2000, se vino aplicando por leyes menores, por llamarlo de alguna manera, o se vino aplicando por los contratos suscritos con las empresas multinacionales, eso quedó consolidado en una norma mayor como es el Código Civil y Comercial. Entonces, todo este debate con los Fondos Buitres pareciera terminar siendo para la tribuna, porque en el Código se convalidó renunciar a dirimir esos problemas en vez de en nuestro país, en tribunales internacionales como es el del Juez Griesa o en los tribunales del CIADI. Con lo cual ahí es evidente un doble discurso.
Entonces, hay una sintonía política en ese sentido. Porque el Código Procesal Penal que se modifica va a seguir persiguiendo a los sectores más vulnerables, con menos recursos, va a seguir encarcelando a los mismos de siempre, a los ladrones de gallinas, pero definitivamente no va a en pos de perseguir a las mafias, al crimen organizado, a la corrupción, a los grandes movimientos de capitales para su blanqueo o cosas por el estilo. Bueno, el Código Civil y Comercial también es un retroceso en ese sentido, tiene consolidación de cuestiones muy neoliberales.
– Nosotros entendemos que no puede haber reforma del Código Procesal Penal sin la participación popular, porque son temas que tienen que ver con el interés de todos.
– Tendría que haber participación de la sociedad, de los trabajadores, de las distintas organizaciones sociales en el debate de este Código. Esto es muy importante para nuestra sociedad, acá se va a intentar llevar a juicios abreviados, a probation, a mediaciones, cuestiones como la Violencia de Género, los abusos sexuales, llevar a las víctimas a tener que negociar con sus victimarios. Ha habido muchos casos en las provincias que yo mencioné antes. Fijémonos como esto sí va a modificar nuestra forma de vivir, así que de ahí la importancia de que la sociedad se involucre en este debate.