Luego de seis años de batallar en la Justicia contra una retención injustificada, esta le ordenó al Banco Ciudad abstenerse de continuar descontando el tres por ciento del salario de sus trabajadores y trabajadoras en concepto de Aporte al Sistema Jubilatorio y deberá devolver lo descontado con intereses.

Así lo dispuso el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires N° 18, Marcelo López Alfonsín, que hizo lugar a la histórica demanda colectiva promovida por el Sindicato de Trabajadores Bancarios contra el Banco Ciudad; y declaró que “se encuentran exentos de efectuar los aportes previstos por la Ley 19.032 y concordantes”.

José “Pepe” Peralta, secretario General de SiTEBA y secretario General Adjunto de la CTAA Capital señaló: «Si bien el fallo es en primer instancia, es un paso adelante muy importante en la recuperación de derechos de las y los trabajadores del banco, tan vapuleados por Horacio Rodríguez Larreta y la administración macrista de la entidad”.

El Descuento tenía como destino el Sistema Integral de Jubilaciones y Pensiones, pero SiTEBA había iniciado una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para retrotraer la medida ilegítima, arbitraria y unilateral del banco insignia del actual Jefe de Gobierno.

En su fallo el Juez dejó en claro que “lo medular de la disputa se vincula con la interpretación del Convenio de Transferencia celebrado entre la Ciudad de Buenos y el Estado Nacional en 1994 y su respectivo Convenio Aclaratorio de 2007, que forman parte del derecho público local”. Por lo que “Una interpretación contraria del convenio, nos llevaría a avasallar sustancialmente la autonomía de la CABA”, aclaró el magistrado.

Por último, el Juez resaltó la importancia del debate en las audiencias públicas previas y explicó que el principio de solidaridad rector del sistema de la seguridad social invocado por la entidad financiera, no puede ser oponible a los derechos de las personas trabajadoras ante un acuerdo interjurisdiccional que les otorga expresamente la exención que plateó Siteba.

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