«La seguridad social es un derecho humano fundamental, siendo una obligación del Estado otorgarla de forma integral y universal, de acuerdo al texto de la constitución (art. 75 inc. 22, art. 14 bis)».
«La actual reforma vulnera estos principios y por ende resulta abiertamente inconstitucional. Así lo ha dicho la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que -en el año 2006, en el fallo conocido como “Badaro”- ha declarado inconstitucional la forma de cálculo para las jubilaciones, ya que la misma no contempla el poder adquisitivo que tenían los trabajadores al momento de jubilarse.
«Al año siguiente la CSJN también declaró inconstitucional cualquier quita que se realice a dicho calculo (Fallo Badaro II, año 2007).
«Siendo evidente la inconstitucionalidad de la norma sancionada, llama la atención lo contradictorio de un gobierno que predica contra una supuesta industria del juicio y, a la vez, aprueba leyes que habilitan a millones y millones de habitantes a reclamar judicialmente. Lo mismo sucede con la sanción de la Ley de Riesgos del Trabajo e igualmente ocurrirá si se transforman en ley los proyectos de reforma tributaria y laboral.
«La ley además de representar una rebaja directa en las coberturas de las más básicas contingencias, modifica el “principio de solidaridad” de la Seguridad Social, al diferenciar brutalmente entre trabajador registrado y no registrado, poniendo sobre el trabajador la responsabilidad por la falta de aportes, en lugar de asumirla el Estado, como principal obligado por la falta de empleo y de cumplimiento de las leyes laborales. «Asimismo repudiamos la violencia que vienen ejerciendo las fuerzas de seguridad sobre las organizaciones del campo popular y denunciamos que la represión de la protesta social debilita la democracia, siendo su objetivo el de atemorizar y desmovilizar a la población».